Para muchos, la llegada de marzo es casi un dolor de cabeza por la cantidad de cosas que hay que pagar y trámites que se deben hacer. Uno de esos es la compra del seguro obligatorio, que por ley todos quienes tienen un vehículo motorizado, deben adquirirlo. Y ojo, que también se consideran dentro de este grupo a los remolques, acoplados, casas rodantes u otros similares. Quienes más sufren con esta compra son los motoqueros, que por tener mayor riesgo de accidentarse, tienen que pagar bastante más por su seguro.
El SOAP es un requisito para obtener el permiso de circulación, pero muchas personas ignoran cuáles son los reales beneficios de tener este seguro. Aquí te los detallamos.
Obviamente todos preferimos no estar en la situación de tener que cobrar este seguro, pero lamentablemente nadie se libra de participar en un accidente de auto, ya sea como víctima o como culpable.Es triste y sin duda una situación que puede llegar a ser muy dramática, pero este beneficio puede brindar cierta ayuda en momentos en que nos encontremos muy apesadumbrados.
Y lo que este seguro busca, es que todos puedan tener cobertura en caso de muerte o por lesiones corporales. ¡Porque sabemos que los bolsillos pasan susto cuando entran a un centro de atención médica!
El SOAP tiene una póliza (documento de contrato del seguro) única, es decir, todas son iguales, independiente de la aseguradora donde lo compres. Pero este, a diferencia de otros seguros, no cubre los daños causados al vehículo, sólo los riesgos de muerte y lesiones de las personas involucradas en el accidente. También reembolsa los gastos médicos y hospitalarios. ¿Cómo cuáles?
Gastos médicos de la atención pre-hospitalaria, transporte sanitario (traslado desde el lugar del accidente hacia el centro hospitalario más cercano), la hospitalización, la atención médica, quirúrgica, dental, prótesis, implantes, los gastos farmacéuticos y de rehabilitación de las víctimas.
Todo con un tope de 300 UF (cerca de CLP$ 8.130.000). Aunque ojo, porque el reembolso no podrá exceder al valor asignado para la respectiva prestación, en el Arancel Nivel 3 de la Modalidad de Libre Elección de FONASA (MLE), vigente. En español, por favor…
La plata que te cubre el seguro, no supera los 8.130.000 (al día de hoy), y la suma de las eventuales atenciones de salud a las que debas someterte, se hace en base a un valor asignado (en el documento de FONASA que pegamos arriba). Así que hay que estar “ojo piojo”, porque no es llegar y decir “cuánto te salió” el hospital y exigir la cobertura, sino sumar y restar de acuerdo a lo establecido por FONASA. A excepción de algunas prestaciones que puedes ver en detalle en este link.
De todas maneras, si tienes isapre, esta podría pagar los gastos que no son cubiertos por el seguro, dependiendo de tu plan. Pero el SOAP siempre tiene preferencia frente cualquier otra prestación cubierta por una ISAPRE o FONASA u otro seguro complementario de salud o accidente.
La persona que conduce el vehículo, las que son transportadas en él y cualquier otro individuo afectado por el accidente protagonizado por un vehículo asegurado, como por ejemplo, un peatón, ciclista o quienes sean transportados por un auto que no tenga este seguro, con excepción del propietario del auto.
Si el accidente lamentablemente tiene víctimas fatales, el seguro también cuenta con una indemnización por muerte. Son 300 UF (cerca de CLP$ 8.130.000) que recibirán los beneficiarios de la persona fallecida, en el siguiente orden de prioridad:
1. Cónyuge.
2. Hijos menores de edad.
3. Hijos mayores de edad.
4. Padres.
5. Madre de los hijos de filiación no matrimonial del fallecido (es decir, la madre de hijos concebidos fuera del matrimonio).
6. A falta de los anteriores: sus herederos legales.
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En el caso de que uno de los accidentados resulte con incapacidad permanente total, es decir, la pérdida de, a lo menos, 2/3 de su capacidad de trabajo como consecuencia del debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, recibirá 300 UF.
Y si alguien queda con incapacidad permanente parcial -pérdida igual o superior al 30%, pero inferior a las dos terceras partes de su capacidad de trabajo (66%)- tiene derecho a UF 3,03 por cada punto porcentual de grado de incapacidad permanente, con un tope de hasta UF 200 (cerca de CLP$ 5.420.000).
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Hay algunos casos en los que el seguro no cubre los gastos o indemnizaciones. ¿Cuáles son estos?
a) Accidentes causados en carreras de automóviles y otras competencias de vehículos motorizados.
b) Accidentes ocurridos fuera del territorio nacional.
c) Accidentes ocurridos como consecuencia de guerras, sismo y otros casos fortuitos enteramente extraños a la circulación del vehículo.
d) Suicidio y todo tipo de lesiones autoinferidas.
Tienes toda la libertad para elegir una aseguradora, sin embargo, el SERNAC sugiere algunas recomendaciones antes de elegir:
● Fijarse en las facilidades para cobrar el seguro. Prefiere las compañías que tengan oficinas de representación en la mayor parte del país o cerca de donde vives o trabajas.
● Que tengan sitios web actualizados o un call center operativo, es decir, canales tecnológicos que faciliten la comunicación con la aseguradora.
● Infórmate sobre los servicios adicionales al seguro que pueda ofrecer la compañía.
● Revisa bien las promociones y ofertas: privilegia el precio y las facilidades para hacer efectivo el SOAP.