¿Qué diantres es un CORE y por qué importa que podamos elegirlos directamente?

A partir de noviembre los Consejos Regionales se conformarán por medio de elecciones democráticas, salvo el intendente, cambio que significará un empoderamiento de la voluntad popular a nivel regional y un contrapeso al poder ejecutivo central.

Por Antonia Laborde @antonialaborde | 2013-05-23 | 15:27
Tags | Consejeros regionales, elección directa, descentralización, poder ciudadano
Si las regionales adquieren más competencias, que son las que realmente conocen la realidad tanto económica, social y cultural de sus territorios, las medidas para su desarrollo serán mucho más acordes.

* A propósito de las próximas elecciones de noviembre 2017, les dejamos una nota de hace un tiempo, que explica quiénes son los CORE y por qué fue tan importante que pasaran de ser designados por los concejos municipales a elegidos directamente por la ciudadanía.

Un paso hacia adelante en el empoderamiento ciudadano se dio con la aprobación de la elección directa de los Consejeros Regionales (CORE). Los dos puntos principales son que el intendente, autoridad elegida por el Presidente de la República, ya no será el presidente del consejo, cargo que asumirá uno de los miembros electos por votación popular entre sus pares, y el segundo y más relevante, es que serán los habitantes quienes escojan a sus representantes en este órgano de gobierno regional, dejando de ser los concejales de los municipios los que actúen como colegio electoral. 

Sin duda suena como una muy buena noticia el que una mayoría en el Congreso se pusiera de acuerdo y votara a favor de que, en las elecciones presidenciales y parlamentarias de noviembre, se sume una nueva papeleta en la que decidamos quiénes serán nuestros próximos representantes en las respectivas regiones... Pero pare, pare, pare: ¿¡Qué son los Cores y en qué afectan mi vida!? 

En una línea, los consejos regionales tienen atribuciones normativas, resolutivas y fiscalizadores en pro de una correcta administración de la región. Para ponerlo en términos más amigables, tomemos algunos ejemplos: Si el intendente propone un reglamento regional ¿Quiénes lo tienen que aprobar o rechazar? Los Cores. Si el intendente propone un programa para el desarrollo de la región ¿Quiénes lo tienen que aprobar o rechazar? Los Cores. Si la municipalidad propone un cambio en el plano regulador que tiene el visto bueno de todos los entes necesarios ¿Quiénes tienen que aprobarlo para que comience a regir? Los consejeros regionales. Si el intendente no está actuando conforme a los requerimientos legales ¿Quiénes lo tienen que fiscalizar? Los Cores.

En definitiva, los Cores son un contrapeso de representación democrática frente a la gestión y administración del ejecutivo, representado por el intendente, a nivel regional. La transferencia de más competencia al gobierno regional desde el gobierno central, significa que las decisiones se dejan de tomar en Santiago y comienzan a tomarse en la región. Si las entidades regionales adquieren más competencias, que son las que realmente conocen la realidad tanto económica, social y cultural de sus territorios, las medidas para su desarrollo serán mucho más acordes.

Parece relevante entonces que podamos decidir quiénes conformaran esos consejos regionales, los que finalmente serán nuestra vía más directa para hacer oír nuestra voz a nivel local, más allá de los alcaldes. 

¿CUÁNTOS CORE SE ELIGEN POR REGIÓN?

Cada provincia de la región constituirá al menos una circunscripción provincial y el consejo estará integrado por 14 miembros en las regiones de hasta 400 mil habitantes; por 16 en las regiones de más de 400 mil habitantes; por 20 en las regiones de más 800 mil habitantes; por 28 en las regiones de más de 1,5 millones de habitantes y por 34 en las regiones de más de 4 millones de habitantes. El periodo en el cargo será de cuatro años.

Las candidaturas para los aspirantes a integrar el Consejo Regional podrán ser declaradas por un partido, por un pacto de partido, por un pacto entre un partido político e independientes, por un pacto de partidos e independientes y por independientes, pudiendo haber subpactos.