Imagen: Gojko Franulic

Armas en Chile: Cifras y una nueva ley a prueba de fuego

Aumentaron las exigencias para poder adquirir un arma, aumentaron las represalias si es una tenencia ilegal y también las condenas por su uso. "Armas más controladas, chilenos más protegidos" es el lema de la nueva normativa.

Por Antonia Laborde @antonialaborde | 2015-02-09 | 07:00
Tags | Nueva ley de armas, Chile, tenencia ilegal, sanciones, carcel, hechiza, exigencias

El año pasado, cuando Pedro portaba un arma hechiza, no pasaba nada. Si en la noche se le ocurría hacer explotar un cajero por saturación de gas en un lugar público y después salía dando balazos a la plaza de manera injustificada, no pasaba nada. Si pillaban a Pedro portando de forma ilegal un arma, se lo multaba y si pagaba, no pasaba nada. Incluso si se le ocurría entregar un arma a un niño para delinquir, no pasaba nada.

Pedro, quizá estás de vacaciones, pero te tenemos malas noticias. Hoy día nada de lo que mencionamos que podías hacer el año pasado y salir invicto, volverá a ocurrir.

La Nueva Ley de Control de Armas entró en vigencia y viene con modificaciones importantes. Se restringe la venta de armas, se sanciona la fabricación, elaboración, importación, exportación y comercialización de armas sin autorización.

Se incorporó por primera vez la figura de colocación de artefactos explosivos y la detonación de cajeros automáticos por el método de saturación con gas en lugares públicos, los que tendrán una pena de cárcel entre 3 y 15 años .

También la normativa adhiere nuevas armas al catálogo de inscripción, aumenta el control para adquirir e inscribir un arma. Actualmente las personas deben rendir un examen escrito para acreditar que tienen los conocimientos sobre conservación, mantenimiento y manejo del armas que se pretende inscribir, actividad que obviamente debe ser realizado en forma personal, por el interesado, al igual que un examen psiquiátrico. 

En caso de portar un arma convencional sin la autorización correspondiente, la nueva ley estipula un castigo de 541 días de presidio efectivo.

Figura a su vez la condena de 10 años de presidio como máximo para quienes ejecuten disparos en calles o plazas. Asimismo, se incorporan penas de tres a cuatros años por disparo injustificado en la vía pública, que hasta ahora no era sancionado.

Para quienes porten o tengan armas de forma ilegal, ahora verán el escenario color granito. Aumentaron las penas, pasando de una multa a peligrar 5 años de cárcel. En caso de que esa persona sea capturada tras realizar un robo con intimidación, se le sumarán los años de condena. Entonces, 20 años por el robo con arma, más otros cinco por portarla de manera ilegal.

Con tres a diez años de cárcel se penará a quienes porten un arma hechiza y las sanciones para las personas que entreguen armas a niños para delinquir van de los 541 días en adelante.

El panorama actual de la armas en Chile

Según la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), para el 2014 había 763.070 armas inscritas, de las cuales 96,10% pertenecían a personal naturales y 3,90% a personas jurídicas. Las armas más adquiridas son escopeta, muy seguida de revolver. La curva se inscripción de armas es totalmente descendiente desde 1995 a la fecha. La mayoría de quienes adquieren un arma y la inscriben, argumentan que es para defensa personal y en segundo lugar, para caza.

¿Cuáles son los requisitos para inscribir un arma?

  • Ser mayor de edad.
  • Se exceptúan de este requisito los menores de edad que se encuentren registrados como deportistas, debidamente autorizados por sus representantes legales, para el solo efecto del desarrollo de dichas actividades. En este caso, el uso y transporte de las armas deberá ser supervisado por una persona mayor de edad, quien será legalmente responsable del uso y transporte de las mismas; no haber sido condenado por crimen o simple delito, lo que se acreditará con el respectivo certificado de antecedentes.
  • Tener domicilio conocido; se acredita con un certificado de residencia otorgado por Carabineros de Chile.
  • Acreditar mediante una prueba escrita realizada en la A.F., que tiene los conocimientos necesarios sobre conservación, mantenimiento y manejo del arma que pretende inscribir, y que posee una aptitud física y psíquica compatible con el uso de armas.
  • Se acredita con la presentación de un certificado otorgado por un Médico Psiquiatra. 
ENTREGA TU ARMA EN EL ANONIMATO Y SIN SANCIONES 

¿Heredaste un arma? ¿Tienes una y no está registrada? ¿Hay municiones en tu casa y no sabes qué hacer con ellas? Entrégalas a Carabineros. Con la Ley de Control de Armas sancionarán duramente a todos quienes porten o tengan armas y no estén autorizados. Cualquier persona puede entregar un arma de fuego o munición de manera anónima y sin la necesidad de dar su nombre o presentar la cédula de identidad. Se puede hacer entrega del arma en una unidad o vehículo policial de Carabineros. Por ejemplo, comisarías y retenes móviles. Aun si el arma no esta inscrita, esta dañada o es hechiza se puede hacer entrega de ella, de forma voluntaria y sin ningún tipo de sanción o consecuencia.

¿Crees que esta Nueva Ley efectivamente logrará disminuir el uso ilegal de armas? ¿Qué otras medidas se podrían tomar para disminuir la violencia por el uso de armas?