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¿En qué casos se permite el trabajo infantil y cuándo es ilegal?

Al menos uno de cada dos niños que trabajan en Chile, lo hace al margen de la Ley, poniendo en riesgo su integridad física y psicológica. ¿Cuál es el límite de edad, tope de horas y tipo de tareas para que el trabajo infantil sea aceptado? ¿Quién lo fija? Te lo contamos aquí.

Por Macarena Fernández | 2015-06-26 | 05:00
Tags | Trabajo Infantil, Sename, niños, infancia

*¿Te lo perdiste? Regularmente republicamos contenidos vigentes que pueden resultarte interesantes. Hoy la destacamos en vista del Día Mundial contra el Trabajo Infantil.

Junio es el mes contra el trabajo infantil y la realidad en nuestro país aún dista mucho de ser perfecta: según un estudio de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT), 230 mil niños, niñas y adolescentes trabajan en Chile, lo que equivale a un 6,9% de la población entre 5 y 17 años de edad. Y de ellos, más de 125 mil realiza trabajos peligrosos, labores de carga pesada o manejo de herramientas de alto riesgo (cifras de 2015).

De los niños que trabajan, la mayoría lo hace en el retail (86 mil) y en producción agropecuaria (40 mil). Por otra parte, un porcentaje significativo trabaja en el sector de la construcción (19 mil) y en labores domésticas (12 mil).

Pero lo más preocupante es el alto porcentaje de niños trabajando en el comercio sexual. Según las proyecciones de la Fundación San Carlos de Maipo, cerca de 4.000 menores son afectados por la explotación sexual comercial infantil, y denuncian además que esta cifra es de hace aproximadamente 15 años, por lo que probablemente no incorpora las magnitudes frente a nuevos fenómenos como las migraciones con fines de explotación sexual.

Las cifras son preocupantes y no responden a lo que exige la Convención de los Derechos de los Niños, la que asegura que “todo niño tiene derecho a ser protegido contra la explotación económica y contra todo trabajo que ponga en peligro su salud, su educación o su desarrollo integral. El Estado tiene la obligación de establecer edades mínimas para empezar a trabajar y de especificar las condiciones laborales”.

¿Cuándo un niño puede trabajar?

Según datos obtenidos de la Guía Legal (donde se encuentra todo lo relacionado al Trabajo Infantil: qué está permitido, cómo deben ser las jornadas laborales y qué restricciones hay por cada actividad según las leyes), los jóvenes entre 15 y 18 años pueden desarrollar sólo trabajos ligeros que no perjudiquen su salud y desarrollo, bajo autorización expresa del padre, madre o apoderado. Además, previamente, deberán acreditar haber terminado su Educación Media o encontrarse cursando Educación Media o Educación Básica. Las labores no deberán dificultar la asistencia a clases de los niños o adolescentes.

Los niños y niñas que no hayan cumplido 15 años no pueden trabajar. Excepcionalmente, la ley autoriza el trabajo de estos niños previa autorización de su representante legal y del Tribunal de Familia, para trabajos relacionados con personas o entidades dedicadas al teatro, cine, radio o televisión, circo u otras actividades similares.

En cualquier caso, el trabajo del menor debe estar formalizado en un contrato de trabajo registrado en la Inspección del Trabajo. Los horarios de trabajo sólo pueden ser diurnos y no superar las 8 horas diarias. Domingos y festivos son días de descanso, salvo algunas excepciones mencionadas en la ley. Aquellos que trabajen más de 1 año tienen derecho a vacaciones anuales de 15 días hábiles pagadas.

Trabajo infantil: lo que está fuera de la ley

¿Qué es considerado trabajo infantil? Toda actividad que priva a los niños y niñas de su niñez, su potencial y su dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico. Al mismo tiempo, es aquel que interfiere con su escolarización ya que atenta contra la posibilidad de asistir a clases de forma regular, llevándolos a la deserción escolar.

Las actividades remuneradas que son consideradas peligrosas según el Sename, son aquellas que por su naturaleza o por las condiciones en las que se desarrollan, es probable que dañen la salud, seguridad o moralidad de los niños, y la peor forma de trabajo infantil es el comercio sexual. Así, está prohibido que menores de 18 años realicen trabajos que requieran fuerza excesiva, actividades peligrosas para la salud, seguridad o moralidad, trabajos en horario nocturno o cabaret u otros locales donde se vendan bebidas alcohólicas que se consumen en el mismo establecimiento.

Pero además existen otras formas de trabajo infantil que ponen en riesgo a nuestros niños:

- Trabajos en establecimientos de venta de armas.
- Trabajos que se desarrollen en alturas superiores a dos metros del nivel de piso.
- Trabajos en faenas mineras.
- Trabajos en condiciones extremas de temperatura.
- Trabajos con maquinarias, equipos o herramientas que requieren de capacitación y experiencia para su manejo.
- Trabajos donde la seguridad de otras personas y/o bienes sean de responsabilidad del menor.
- Trabajos con sustancias químicas peligrosas.
- Trabajos en donde no existan las condiciones sanitarias y de higiene básicas.

“Trabajar no es cosa de niños”

Marcelo Sánchez, gerente general de la Fundación San Carlos de Maipo, explicó a La Tercera que “el trabajo infantil que opera fuera de la ley, ha ido aprovechando los espacios que la pobreza y vulnerabilidad abren para esto. La falta de oportunidades para vivir cubriendo las necesidades básicas de una familia permite que la explotación se instale en sus peores formas. En nuestra experiencia, hemos visto que la creación de factores protectores amortiguan tales riesgos. Así, la escuela, debe crear espacios de inclusión y retención educativa que permitan dar al niño la oportunidad de contar con una red que vele por su desarrollo positivo”.

¿Cómo actuar?

Según cifras del Sename, durante el 2014 ingresaron 530 niños, niñas y adolescentes a su red de protección por ser víctimas de explotación sexual en alguna de sus formas: utilización en actividades sexuales remuneradas, en espectáculos sexuales, en turismo sexual, en producción de pornografía, entre otras. El 88% de los casos eran de género femenino y 12% masculino.

Y en su página web, el Sename llama a denunciar las situaciones de Trabajo Infantil de esta forma: “Cuando vea a un niño/a vendiendo en la calle, piense que muchas veces es la puerta de entrada a las peores formas de explotación infantil, no seamos indiferentes. Quien tenga conocimiento de un niño, niña o adolescente utilizado para el comercio sexual, incluida la pornografía, u otra actividad económica estimada una explotación, puede denunciar la situación aquí”.

- Carabineros de Chile: fono 147
- Policía de Investigaciones: fono 134
- Ministerio Público
- Sename: fono 800730800