Imagen: César Mejías

Filtraciones y control de identidad: qué se le critica a la Agenda Corta Antidelincuencia

Conversamos con el académico penal de la U. de Chile, Jaime Winter, sobre la polémica Agenda Corta Antidelincuencia que busca aumentar- entre otras cosas- las penas por filtración de información en procesos judiciales y el control preventivo de identidad. Nos cuenta por qué -según él –son inútiles.

Por Macarena Fernández | 2016-04-04 | 07:00
Tags | Agenda Corta Antidelincuencia, seguridad, delincuencia, control de identidad, leyes

Durante los últimos meses la Agenda Corta Antidelincuencia que busca modificar el Código Procesal Penal para fortalecer la seguridad ciudadana, aumentando las penas de delito en contra la propiedad (hurto, robo y receptación)y que se está discutiendo con urgencia en el Congreso; ha provocado fuertes posturas en contra, en especial en dos puntos: el control preventivo de identidad y el aumento de penas ante filtraciones de información secreta de causas de investigación en curso.

Por un lado hay quienes critican que se trata sólo de una legislación simbólica, apresurada, que no se hace cargo del verdadero problema de delincuencia y seguridad ciudadana, por lo que vendrían siendo sólo medidas parche, las que incluso vulnerarían a los ciudadanos como en el caso del control de identidad, ya que según ellos, promueve la discriminación social, el clasismo e incluso la xenofobia (polémica causó el reciente caso de procedimiento de la carabinera chilena a la ciudadana peruana, hecho por el que Carabineros le abrió sumario). Esta crítica la comparten desde la Corte Suprema, los abogados penalistas y hasta Paz Ciudadana.

Y por el lado de los legisladores y del Gobierno se defiende la idea de que es bueno adelantar ciertas medidas solicitadas por los ciudadanos expresas en el estudio N° 112 de la encuesta Cadem, para avanzar en lo relacionado a la seguridad nacional, teniendo en cuenta además que existe una agenda a largo plazo que integra otras medidas más profundas por lo que requieren mayor análisis y discusión. Por lo tanto, la agenda corta tendría sentido ya que respondería a las necesidades más urgentes.

El Senado ha ido aprobando norma por norma de forma unánime el proyecto (aquí pueden ver el detalle de la resolución del Segundo Trámite constitucional), y ahora quedan sólo tres artículos por votar, para que luego la Agenda vuelva a la Cámara de Diputados para el tercer y último trámite, y de aprobarse en esa instancia, pasaría inmediatamente a tener efecto. De lo contrario pasaría a Comisión Mixta. Pero desde la Subsecretaría del Interior nos cuentan que en un plazo de dos meses ya tendría resolución.

Como se trata de modificaciones al Código Procesal Penal, la gran discusión ha sido entre legisladores, fiscales, académicos y abogados. Representantes de todos estos sectores y líderes sociales como Giorgio Jackson, Gabriel Boric, Luis Larraín de Fundación Iguales, Rolando Jiménez del Movilh y académicos penalistas de la Universidad de Chile, enviaron una carta pública al Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) donde muestran su postura en contra de la Agenda corta, explicando el por qué y calificándola de “Agenda corta de vista”.

Uno de los firmantes es Jaime Winter, abogado y profesor de Derecho Penal de la Universidad de Chile, con quien conversamos al respecto, especialmente sobre la “ley mordaza” que le llaman, y que corresponde a las filtraciones y cómo afectaría esto a los medios, fiscales, víctimas e imputados, y sobre el control preventivo de identidad y el posible riesgo que esto conlleva.

¿Por qué la carta en contra de la Agenda Corta Antidelincuencia?

- La agenda corta es un ejemplo de cómo no deben hacerse las cosas. El problema que identifica el Congreso es el bajo esclarecimiento de los casos de delitos contra la propiedad. Eso es un problema muy real. ¿Qué es lo que hacen como solución?: endurecer las penas por 3 vías: aumentarlas derechamente, cambiar las reglas de la determinación de la pena, cosa que las atenuantes surtan efectos menores; e impedir que se apliquen penas sustitutivas en algunos casos. Como resulta evidente, esas medidas solo se pueden aplicar en los casos que sí se lograron esclarecer y no ayuda en nada a esclarecer otros casos. Aumentar las penas a veces ayuda, pero en el caso de estos delitos las penas ya son altas, por lo que no hay un cambio sustancial para el potencial delincuente, especialmente si, dado que la mayoría de los casos quedan impunes, no tiene miedo a ser descubierto. Al mismo tiempo, en los casos que sí se descubran, estamos condenando a esas personas a ir a cárceles con condiciones inhumanas donde es casi imposible que se rehabiliten, sino que más bien será una garantía de desocialización.

¿Cuál vendría siendo el problema con el control preventivo de identidad?

- Lo que busca ese control preventivo es que las policías pueden controlar la identidad de cualquier persona prácticamente sin causa. Hoy la facultad de controlar la identidad ya existe, pero cuando existan indicios de que se cometió un ilícito o que se fue testigo de uno. Lo que se garantiza acá es que las policías pueden ejercer esos controles de forma arbitraria. El problema fundamental, es que es casi seguro que ese control se aplicará a los grupos más marginales: pobres, extranjeros, jóvenes, personas con estilos de vida alternativos, etc. Así, se podrá utilizar como una forma de control social más que de control de la delincuencia. Probablemente cuando se apruebe no nos enteraremos de su mal uso, porque las víctimas son precisamente aquellas personas cuya voz rara vez se logra escuchar.

En esta nota hablamos de esta norma en detalle.

En lo relacionado a las filtraciones, ¿qué significa violar un secreto de investigación judicial?

- El secreto se refiere a aquellas piezas correspondientes de la investigación. Eso quiere decir que por ejemplo, actualmente no hay una prohibición de que la víctima cuente a los medios su versión de los hechos. Lo que está prohibido es que se entregue información a los medios respecto a información nueva, que está en la carpeta de investigaciones. Esta prohibición ha existido desde que se creó el Código Procesal Penal y que es para todos los funcionarios públicos. Ahora, en cuanto a la sanción por filtración, hoy sólo recae en los fiscales. Lo que se quiere con esta norma es ampliar esa sanción y extenderla a otros intervinientes como los querellantes, las víctimas y los imputados, porque muchas veces son ellos quienes filtran la información y no los fiscales.

Si esta norma nace de los propios fiscales, ¿qué es lo que buscaban con esto, y por qué quedaron disconformes con lo votado por el Senado?

- La iniciativa no viene de "los fiscales", sino de la Fiscalía Nacional. Supuestamente busca evitar que otros intervinientes realicen filtraciones, pero también es coherente con lo expresado por el Fiscal Nacional en cuanto a que no le gusta que los fiscales figuren demasiado, en el sentido de que usarían a la prensa como una herramienta en sus investigaciones. Los que se opusieron fueron la Asociación de Fiscales, porque les aumenta las penas y porque podía afectar también a otros intervinientes, como por ejemplo, la prensa.

(Nos informan que actualmente hay cerca de 9 investigaciones abiertas porque las filtraciones vienen del propio Ministerio Público entonces lo que pasa es que la persona que investiga ese delito es colega, es decir, juez y parte, entonces no hay ninguna investigación que ha llegado a condena por eso. "Los fiscales, al saber que las filtraciones pueden venir de adentro, se abstienen de seguir investigando").

¿En qué sentido las filtraciones entorpecen los procesos judiciales?

- Las filtraciones podrían entorpecer el proceso en el sentido de poner sobreaviso a algún involucrado de ciertos elementos de la investigación. Eso, especialmente cuando se decreta secreto. Sin embargo, lo fundamental es precisamente no vulnerar la presunción de inocencia en un sentido amplio y no afectar la honra de un imputado, en cuanto se pueden ventilar asuntos privados que no tienen relación con el delito y en cuanto puede resultar ser inocente.

¿Cómo pueden estas normas afectar a la prensa?

- El derecho a la protección de fuente no se ve afectado, pero la redacción de la norma es poco clara, por lo que deja abierta la posibilidad de que a un periodista sí pueden sancionarlo por publicar filtraciones, ya que dice que todos quienes violan el secreto, tendrán sanción. Pero la norma se refiere sólo a los intervinientes, no a otras personas.

(Desde la Subsecretaría del Interior nos confirman que esto es así, de que se puede prestar para interpretaciones de que sí influye a la prensa, pero que mañana se va a reabrir el debate en el Senado y se va a proponer una modificación para precisar que los sancionados son sólo los intervinientes, es decir: abogados particulares, querellantes, víctimas y el imputado).

Pero al filtrarse por la prensa, es fácil saber qué fiscal fue el que entregó la información, ¿o no?

- No es tan así. Las sanciones han existido siempre y se han abierto causas por filtraciones. ¿Qué es lo que pasa?, se cita al periodista a declarar, le preguntan quién le dio esa información, y él se escuda con el derecho a protección de fuente y nunca se enteran de quién vino la filtración. Entonces el problema no es que la sanción sea muy baja, es que no se descubre quién realizó la filtración. Hasta el día de hoy no hay ninguna sola condena en Chile por filtración y no la va a haber tampoco. Entonces es una norma completamente inútil, es una legislación simbólica.

¿Entonces por qué el Senado la aprueba de forma unánime?, ¿en qué los beneficia?

- Esto surge por una preocupación real de muchos parlamentarios porque mucha gente del Congreso y del mundo político se ha visto enfrentada a procesos donde han habido filtraciones, entonces les preocupa porque los afecta directamente, pero no encontraron una buena solución.

¿Debiera ser problemático que existan las filtraciones o debiese ser todo público?

- Las reacciones la han llamado Ley Mordaza, que siempre se debería poder informar, y yo creo que es importante que se tengan en cuenta dos cosas. Primero que hay muchas causas que se han estado moviendo poco no porque la Fiscalía no quisiera, si no porque el Servicio de Impuestos Internos no presentaba la querella, y que una forma de presionar para que las instituciones hicieran su trabajo, era filtrando información para meter presión al mundo político para que tomaran una decisión. En ese sentido ha sido positivo. Pero el problema es que cuando se realiza una investigación penal, uno se entera de muchas cosas que no tienen nada que ver con el delito y a veces lo que se filtra es información privada y eso afecta la honra de las personas, entonces hay que tener cuidado y se necesitan ciertos grados de secreto. Por otro lado hay que tener cuidado con que las filtraciones entorpezcan las investigaciones, por ejemplo en la investigación de un gran grupo delictivo, porque pueden hacer que las personas investigadas tomen resguardo y que fracase la investigación, y lo otro que hay que tener cuidado es que el hecho de que una persona sea investigada, no dice que sea culpable y hay que resguardar la presunción de inocencia.

¿Qué pasaría con los casos como SQM, Penta y Caval entones?, ¿no se sabrían públicamente?

-Sí y no. Recordemos que las audiencias en tribunales son públicas y ahí cualquier persona o medio puede asistir y recibir la información. Pero la Fiscalía ha tendido una práctica que no es la más positiva ya que demoran mucho la formalización para tener la investigación por el mayor tiempo posible en secreto. Ellos podrían realizar la fiscalización al principio y con eso la prensa vería satisfecha la necesidad de informar. Pero el problema es que ahora se esperan meses y hasta años en formalizar, por lo que la prensa no tiene acceso directo a la información, y ahí está el problema.

¿Cuál sería entonces la manera efectiva de enfrentar este problema?

- Las filtraciones se producen en todos los países. Hay pocas formas efectivas de regularlas, más allá de un control ético que haga la propia prensa. La prensa debiese llegar a un acuerdo ético para determinar lo que se debe publicar y lo que no.

Entonces, en resumen, ¿para qué sirve la Agenda Corta?

- Hay cosas que tienen sentido en la agenda corta, como, por ejemplo, crear una base unificada de datos, entre policías, Fiscalía y tribunales, pero el problema fundamental es que se está enfrentando la delincuencia de una manera equivocada. La delincuencia es un problema muy real, que necesita medidas serias, y esas medias serias no son solo más represión, sino que, en un sentido directo, más inteligencia, focalización y estrategia. En un sentido indirecto, tenemos que preguntarnos qué sociedad estamos construyendo. La delincuencia tiene múltiples causas, pero es inevitable pensar en la desigualdad que existe en Chile. Eso hace que se pierda el sentido de comunidad, aumentando la brecha. Cuando la respuesta es la represión solo contra la delincuencia de la marginalidad, entonces esa desigualdad se acrecienta.

Qué incluye la Agenda Corta Antidelincuencia
La agenda busca aumentar la pena para aquellos delitos más reiterativos que son los de propiedad: hurto, robo y receptación, con el fin de mejorar la persecución penal de dichos delitos. ¿Cómo?, aumentando las penas actuales, aumentando la dotación y facultades de Carabineros y fuerzas especiales, ejerciendo mayor control al porte y uso de armas, fortaleciendo el Ministerio Público y a la Ley Antiterrorista, creando una institucionalidad para la reinserción y un Servicio Nacional de Apoyo a las víctimas, entre otras iniciativas y normas.
Aquí pueden ver el detalle de la Agenda Corta Antidelincuencia .

¿Estás de acuerdo con las normas que integra la Agenda Corta?