Mi renta anual

Nuestro lector Richter nos deja una entretenida historia con la que se pueden encontrar quienes estén haciendo su declaración de renta como independientes.

Por Richter | 2013-04-08 | 08:19

Como todos los años (tres para ser sinceros), ingresé a hacer mi declaración de renta a www.sii.cl, en base a la amable disponibilidad que ofrece - interesadamente por supuesto - el Servicio de Impuestos Internos.

Debo reconocer que nunca recordé que el pasado año 2012 se publicó una ley que obliga a quienes como yo, trabajamos en base a honorarios, lo que en la formalidad tributaria se conoce como “el ejercicio independiente de la profesión", a destinar parte de dichos recursos al pago de cotizaciones previsionales en el sistema de AFPs.

Solo detecté el producto de mi propio desconocimiento, al verificar que mi devolución sería muy menor, atendido a que un porcentaje significativo de ella, se destinó al pago previsional de rigor.

No supe cómo arreglar la declaración, hecha y aceptada por mi mismo, pero consultando y consultando llegué a algunas respuestas que sirven más que nada de consuelo a largo plazo.

Primero, hice una declaración de renta, jurada, voluntaria, aceptando sin leer con detenimiento cada uno de los pasos, solo verificando que las retenciones de todas la boletas que había emitido estaban incluidas en la información proporcionada por mis clientes y el monto que se originaba en el cruce del impuesto determinado a pagar (recién supe que se llama Global Complementario) y el monto total actualizado de mis retenciones; claro, también que mi cuenta corriente bancaria estuviese debidamente actualizada.

En seguida, entusiasmado planificando como iba invertir esos bienvenidos pesos, no me di cuenta del tema previsional, y que era un requisito “sine qua non” como dice la gente culta, dejar constancia en forma previa a hacer la declaración, que se aceptaba o no el descuento para cotizaciones de dicho excedente de mis retenciones de impuestos.

Les informo que se trata de “otra” declaración jurada, muy simple, mediante la cual se renuncia o se acepta cotizar. La opción de renunciar, es solo por los ingresos que se perciban en los años 2012, 2013 y 2014, ya que desde el año 2015, será obligatorio el aporte previsional para quienes recibimos en pago de nuestros esfuerzos profesionales, nobles y simples honorarios.

Bueno, me dijeron que podía rectificar mi declaración y recibir mi devolución dentro de algún plazo legal largo o, como alternativa, esperar 35 años mas e irlos a buscar a la AFP a la cual fue a parar mi anhelada devolución, una vez que me jubile. Todo sea por mi bien.